LA RESPONSABILIDAD SUBJETIVA (O POR CULPA).
Los presupuestos exigidos por la jurisprudencia para reconocer la responsabilidad civil, y por tanto, la obligación de resarcir, son los siguientes:
- Una acción u omisión antijurídica por parte de un sujeto.
- Un daño como consecuencia de esa acción u omisión antijurídica.
- Culpa o negligencia atribuible al sujeto que realiza esa acción u omisión.
- Nexo causal entre la acción y/u omisión y el resultado dañoso.
Responsabilidad civil médica
En el ámbito sanitario, la autonomía del paciente se considera como un bien jurídicamente protegido, y esto surge como manifestación del derecho de libertad y dignidad que tiene toda persona. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica enuncia los principios generales en este aspecto, reforzando el derecho de autonomía del paciente.
Conducción de vehículos a motor: Responsabilidad civil del conductor.